¿Qué es el ISR y cómo funciona en México?

La primera vez que recibí un recibo de nómina como practicante, el sueldo que me ofrecieron y el que llegó a mi cuenta no eran el mismo número. La diferencia tenía nombre y apellido: Impuesto Sobre la Renta. Si a ti también te ha pasado —que acuerdas $12,000 al mes y al banco caen poco menos de $11,000—, no te están robando: estás conociendo de cerca al impuesto que más recauda el país.

El impuesto que cobra sobre lo que ganas

El ISR grava la renta: las ganancias que obtienes durante un periodo. No es un impuesto sobre lo que compras —ese es el IVA—, sino sobre lo que entra a tu bolsillo: tu sueldo, los honorarios de tu changarro, las utilidades de una empresa, los intereses que te paga el banco, incluso lo que sacas si vendes una casa con plusvalía.

Lo regula la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y lo administra el SAT. La lógica de fondo es sencilla, aunque el cálculo se enrede: quien más gana, paga proporcionalmente más. A esa idea se le llama progresividad, y es la columna vertebral del impuesto cuando hablamos de personas físicas. Si quieres ubicar dónde encaja el ISR dentro del panorama fiscal completo, lo desarrollo en nuestro centro de temas fiscales.

Personas físicas y personas morales: dos formas de pagar

El SAT divide a los contribuyentes en dos grandes grupos, y cada uno calcula el ISR de manera distinta.

Una persona física eres tú: un ser humano con RFC. Un empleado, una diseñadora que factura por honorarios, la señora de la fonda, un arrendador. Las personas físicas pagan el ISR con una tarifa progresiva por tramos. Conforme subes de ingreso, el porcentaje que aplica a la parte alta de lo que ganas también sube.

Una persona moral es una empresa: una S.A. de C.V., una S. de R.L., una asociación civil. No es alguien de carne y hueso, sino una entidad creada ante notario. Aquí el cálculo cambia por completo: las personas morales del régimen general aplican una tasa fija del 30% sobre su resultado fiscal, conforme al artículo 9 de la LISR. Esa tasa lleva sin moverse desde 2014.

La diferencia importa más de lo que parece. Un freelancer que factura $400,000 al año no paga lo mismo, en proporción, que una empresa con $400,000 de utilidad. La persona física puede quedar en tramos intermedios de la tarifa; la empresa aplica su 30% parejo sobre la utilidad, ni un punto más ni menos.

¿Por qué dicen que el ISR es “progresivo”?

Aquí aparece la confusión más común entre mis alumnos. Cuando alguien gana más y “sube de renglón” en la tabla, cree que de golpe le cobrarán el porcentaje más alto sobre todo su sueldo. No funciona así, y qué bueno.

La tarifa del artículo 96 de la LISR está partida en tramos. Cada tramo tiene un límite inferior, un límite superior, una cuota fija y un porcentaje que se aplica solo al excedente sobre el límite inferior. Piénsalo como una cundina: aportas distinto según el nivel en el que vas cayendo, no de un solo tirón sobre el total.

Para 2026, los montos en pesos de cada tramo se actualizaron al alza un 13.21% respecto a 2025, por la inflación acumulada, conforme al mecanismo del artículo 152 de la LISR (que obliga a actualizar cuando la inflación rebasa el 10%). Los porcentajes de cada tramo no cambiaron: siguen yendo desde 1.92% en la base hasta 35% en el tramo más alto, que aplica a ingresos mensuales superiores a $375,975.62. La actualización se publicó en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026, en el DOF del 28 de diciembre de 2025.

Un ejemplo con números reales

Tomemos un sueldo de $12,000 al mes en 2026. Para calcular cuánto ISR te retiene tu patrón, el método del artículo 96 es siempre el mismo, sin importar el monto:

  • Ubicas en qué tramo de la tarifa mensual cae tu ingreso. Con $12,000 caes en el tramo cuyo límite inferior es $11,128.02, cuota fija de $893.63 y 16% sobre el excedente.
  • Le restas el límite inferior: $12,000 − $11,128.02 = $871.98. Ese es el “excedente”.
  • Multiplicas el excedente por el porcentaje del tramo: $871.98 × 16% = $139.52.
  • A ese resultado le sumas la cuota fija: $139.52 + $893.63 = $1,033.15. Ese es el ISR antes de subsidio.
  • Si tu ingreso lo permite, restas el subsidio al empleo, que para 2026 ronda los $536 mensuales y aplica a quienes ganan hasta $11,492.66 al mes.

Con $12,000 quedas por encima del tope del subsidio al empleo, así que en este caso no aplica. El ISR resultante es de unos $1,033 al mes —por eso, de tus $12,000 brutos te llegan alrededor de $10,967, antes de descontar también tu parte del IMSS—. No memorices la cifra: aprende el método, porque la tabla se actualiza cada año pero los cinco pasos son los mismos desde hace décadas.

Físicas vs. morales de un vistazo

AspectoPersona física (sueldos, régimen general)Persona moral (régimen general)
Quién esUn individuo con RFCUna empresa o entidad
Cómo se calculaTarifa progresiva por tramos (Art. 96)Tasa fija del 30% (Art. 9)
Base del impuestoIngreso gravable menos deducciones permitidasResultado fiscal del ejercicio
Periodicidad típicaRetención mensual en nómina + declaración anualPagos provisionales + declaración anual

Preguntas frecuentes

¿El RESICO también es ISR?

Sí. El Régimen Simplificado de Confianza es una forma de pagar ISR, no un impuesto aparte. Para personas físicas con ingresos de hasta $3.5 millones al año, aplica tasas muy bajas —de 1% a 2.5%— directamente sobre los ingresos efectivamente cobrados, sin restar gastos. En 2026 esas tasas siguen igual que en 2025. Para personas morales en RESICO, en cambio, el ISR anual termina siendo el mismo 30%; lo que cambia es la mecánica de los pagos provisionales.

Si me retienen ISR cada mes, ¿por qué declaro en abril?

Porque la retención mensual es un anticipo, no la cuenta final. En la declaración anual se suman todos tus ingresos del año y se aplican tus deducciones personales: gastos médicos, colegiaturas, intereses reales de tu crédito hipotecario, entre otras. Ahí se define si pagaste de más durante el año —y te toca saldo a favor— o si te faltó.

¿Una empresa siempre paga 30% aunque tenga pérdidas?

No. El 30% se aplica sobre el resultado fiscal, que es la utilidad después de restar deducciones y, en su caso, pérdidas de ejercicios anteriores. Si una empresa no tuvo utilidad fiscal, no hay base sobre la cual aplicar el 30% y el ISR del ejercicio puede ser cero.

Si quieres ver cómo aterriza todo esto en tu propio recibo, lo más útil es probar con tu sueldo real y comparar distintos montos. Para eso armamos la calculadora de ISR sobre sueldos: metes tu salario mensual de 2026 y te desglosa la retención paso a paso, con la tarifa vigente.

Este artículo tiene fines educativos y no constituye asesoría fiscal personalizada. Las tarifas y montos se actualizan cada año, así que antes de presentar cualquier declaración verifica las cifras vigentes directamente en el portal del SAT (sat.gob.mx) o consulta a un contador. Para dudas sobre tus derechos como contribuyente, puedes acudir a la PRODECON.